La zona de producción está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales del área de influencia del Parque Natural de La Albufera en la provincia de Valencia: Albal, Albalat de la Ribera, Alfafar, Algemesí, Beniparrell, Catarroja, Cullera, Massanassa, Sedaví, Silla, Sollana, Sueca y Valencia, así como por los terrenos aptos para este cultivo sitos en los términos municipales de Alginet, Almenara, Almàssera, Almussafes, Alquería de la Condesa, L’Alcúdia, Benifaió, Villanueva de Castellón, Corbera, Favareta, Fortaleny, Llaurí, Massamagrell, Oliva, Pego, La Pobla de Farnals, Polinyà del Xúquer, Puçol, Riola, Sagunto y Tavernes de la Valldigna.
Los arroces protegidos serán de las variedades: Bahía, Sénia y Bomba.
La presentación se hará en cajas o bolsas de 10, 5, 2, 1 o 0,5 kilogramos; en envases que garanticen la integridad del producto.
Los arroces protegidos serán exclusivamente:
· Arroz blanco: Es aquel al que se ha eliminado total o parcialmente las cutículas del pericarpio y que presenta color más o menos blanco pero siempre uniforme. Se comercializará bajo la categoría de "Extra".
· Arroz integral: Aquel cuyo grano maduro esté desprovisto de su cubierta exterior o cascarilla y revestido del pericarpio, al que debe su color característico.
En el momento de la expedición, el arroz amparado deberá presentarse:
– Sano.
– Limpio.
– Exento de olores y/o sabores extraños.
– Seco: No podrá superar el 14% de humedad.
– No debe presentar restos de cutículas o cascarillas, según la modalidad respectiva blanco o integral.
Identificación
Los envases irán provistos de una contraetiqueta numerada, expedida y controlada por el Consejo Regulador.
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